Dom. May 5th, 2024

LA COMISIÓN DE HACIENDA DEL CONGRESO ANALIZA LA INICIATIVA DE REFORMA, A LA LEY DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA DEL ESTADO Y MUNICIPIOS.

May 30, 2021

La Comisión de Hacienda del Estado analizará la Inocuidad activa de adición al  el artículo 36 BIS a la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado y Municipios de San Luis Potosí, en relación a la observancia de criterios para transferencias federales.

Mediante esta adición de busca establecer, “En el caso de las Transferencias federales etiquetadas cuya distribución por Entidad Federativa no se encuentre disponible en el Presupuesto de Egresos de la Federación, el proyecto de Ley de Ingresos del Estado incluirá una estimación con base en los Criterios Generales de Política Económica, el monto total nacional y la distribución de esas transferencias realizada en ejercicios fiscales anteriores”.

En la exposición de motivos de indica que de acuerdo a la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, las transferencias federales etiquetadas, se definen como los recursos que reciben de la Federación las Entidades Federativas y los Municipios, que están destinados a un fin específico.

Entre estas,  se encuentran las aportaciones federales a que se refiere el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, la cuota social y la aportación solidaria federal previstas en el Título Tercero Bis de la Ley General de Salud, los subsidios, convenios de reasignación y demás recursos con destino específico que se otorguen en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Las transferencias también están incluidas en los conceptos de gasto público; y como se puede apreciar, este tipo de aportaciones engloba una gran cantidad de ingresos que las entidades y municipios reciben.

Considerando el impacto de las transferencias dicha estimación en ese supuesto, puede significar una fuente importante a considerar en dado caso; sin embargo, la Ley estatal en materia de presupuestación, no incluye o regula ese mecanismo.

Por ello, en atención a la importancia de las transferencias y, para prever todos los supuestos que se puedan dar a partir de las condiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación, se propone armonizar la Ley local.

Para ello, se adicionaría en la Ley, que en el caso de las transferencias federales etiquetadas cuya distribución por Entidad Federativa no se encuentre disponible en el Presupuesto de Egresos de la Federación, el proyecto de Ley de Ingresos del Estado debe incluir una estimación con base en los Criterios Generales de Política Económica, el monto total nacional y la distribución de esas transferencias realizada en ejercicios fiscales anteriores.

Estas estimaciones pueden servir para poder incluir las labores de planificación con esos ingresos etiquetados, y subsecuentemente poder establecer un instrumento de Egresos que pueda mantener los ejercicios necesarios para las necesidades de los habitantes del estado, por lo que además de ser una armonización, no podemos dejar de subrayar la importancia de formalizar y sustentar en la Ley estatal, todos los elementos presupuestales para considerar todos los escenarios posibles dentro del marco legal de nuestra Entidad.

La iniciativa será analizada por las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión de Hacienda del Estado en sesión de trabajo.

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