Vie. Abr 26th, 2024

EL PLENO DEL CONGRESO DEL ESTADO ELIGIÓ A JORGE ALEJANDRO VERA NOYOLA COMO  MAGISTRADO NUMERARIO DEL TRIBUNAL ESTATAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE SAN LUIS POTOSÍ, PARA EL PERIODO 14 DE MAYO DEL 2021 AL 13 DE MAYO DEL 2031.

May 14, 2021

En Sesión Ordinaria, las diputadas y los diputados de la LXII Legislatura eligieron por mayoría de 21 votos a favor, a Jorge Alejandro Vera Noyola como  Magistrado Numerario del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de San Luis Potosí, para el periodo 14 de mayo del 2021 al 13 de mayo del 2031.

La terna presentada por el Ejecutivo del Estado, fue integrada por los profesionistas: Gerardo Vaqueiro Durán, Jorge Alejandro Vera Noyola y Jorge Edgardo Cazares Rivas.

En el dictamen respectivo se establece que los propuestos cumplen con las disposiciones contenidas en la Constitución Política del Estado, que establece en su artículo 123: “Los Magistrados deberán reunir los mismos requisitos que para ser Magistrado del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, debiendo además contar con experiencia en materia administrativa y fiscal. Serán designados por el Congreso del Estado en la misma forma y términos que establece el artículo 96 de la presente Constitución. Los Magistrados durarán en su cargo diez años y no podrán ser ratificados; y sólo podrán ser removidos de sus cargos por las causas graves que señale la ley, con la misma votación requerida para su nombramiento”.

Los resultados de la votación por cédula, fueron los siguientes: Jorge Alejandro Vera Noyola 21 votos a favor; Gerardo Vaqueiro Durán 2 votos a favor; y Jorge Edgardo Cazares Rivas 2 votos a favor.

Posteriormente, en Sesión Solemne, con la presencia del Secretario General de Gobierno, Jorge Daniel Hernández Delgadillo; y la Magistrada Presidenta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, Olga Regina García López, el profesionista Jorge Alejandro Vera Noyola, rindió protesta de ley.

Se aprobó por unanimidad de 20 votos a favor, una sola reformar el artículo 40, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, para que el titular del órgano interno de control de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí pueda ser reelecto por una ocasión a efecto de homologar este supuesto con los titulares de los órganos internos de control de los demás organismos autónomos, y con la finalidad de dotar de continuidad en los proyectos y acciones relativas al control interno de la institución, así como la debida implementación de mecanismos a largo plazo en materia de combate a la corrupción.

Se aprobó por unanimidad de 21 votos a favor,  la reforma al artículo 12, de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de San Luis Potosí, con el fin de actualizar la norma correcta de referencia, para invocar el Código Procesal Administrativo para el Estado de San Luis Potosí, vigente.

Se aprobó por unanimidad de 22 votos a favor, la reforma al artículo 168, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, para precisar el nombre correcto del Código Procesal Administrativo para el Estado de San Luis Potosí.

Se aprobó por unanimidad de 24 votos a favor, la reforma al artículo 58, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, para unificar la fecha en la cual se ha de rendir el informe anual de actividades del Congreso del Estado, ello en congruencia con el periodo constitucional de cada Legislatura.

De esta manera se establece en su artículo 58, “El Congreso del Estado, a través de la persona que ocupe su Presidencia, rendirá a la ciudadanía un informe de actividades, durante la primera quincena de septiembre de cada año de ejercicio”.

Se aprobó por unanimidad de 24 votos a favor, la adición al artículo 269 Bis el párrafo segundo, del Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí, para dotar de atribución a la autoridad jurisdiccional en materia familiar, de cambiar la guarda y custodia respecto de menores, cuando se allegue de las pruebas que hagan constar que se coarta el derecho de convivencia que tiene la o el menor con sus progenitores o familiares, y viceversa.

Se aprobó por mayoría de 20 votos a favor y 1 en contra, el Acuerdo Económico por el que la  LXII Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí solicita a la Auditoría Superior del Estado, lleve a cabo una auditoría especial a efecto de que revise en forma inmediata la gestión financiera de los Servicios de Salud del Gobierno del Estado, en lo referente a la contratación de proveedurías, servicios, ejecución de obras públicas, asociaciones público-privadas, licitaciones, adjudicaciones directas, subcontrataciones, outsourcing y cualquiera otra que hubiera implicado la erogación de recursos públicos en los ejercicios fiscales, 2018, 2019 y 2020, con la finalidad de atender los reclamos ciudadanos que exigen transparentar el ejercicio del gasto público.

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