En la sesión del octavo periodo extraordinario de sesiones, el Pleno del Congreso del Estado aprobó el dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 6º en su fracción XLII, 51, 157 su primer párrafo, 255 su primer párrafo, 257 en su primer párrafo, y 321, todos de la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí, para establecer que la fase temporal del proceso electoral comienza con la primera sesión del Consejo General Electoral, a celebrarse el dos de enero del año de la elección
Se llevó a cabo la sesión solemne de apertura con la presencia del magistrado Armando Oviedo Abrego en representación del Poder Judicial del Estado y del Consejero Jurídico Rodrigo Joaquín Lecortois López en representación del Poder Ejecutivo.
La Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado de San Luis Potosí, se dio por enterada de los antecedentes y los actos preparatorios celebrados para efectos de implementar la compraventa definitiva del inmueble ubicado dentro del Parque denominado WTC2 Industrial, en el Municipio de Villa de Reyes, Estado de San Luis Potosí,
con una superficie total de 2,800,040.680 dos millones ochocientos mil cuarenta punto seiscientos ochenta metros cuadrados, en favor de la empresa denominada Steel Dynamics, Inc., o de alguna sociedad que forme parte de su grupo corporativo, incluyendo el Contrato de Promesa de Compraventa de fecha 30 de marzo de 2023.
Una vez analizado el informe remitido por el Consejería Jurídica del Gobierno del Estado a esta Soberanía con fecha 21 de junio del año en curso y, en relación con los antecedentes y actos preparatorios que se han llevado para efectos de implementar el proceso de enajenación definitivo del inmueble descrito en el Decreto 0720 publicado en el Periódico Oficial del Estado el jueves 23 de marzo de esta anualidad, esta Soberanía se da por enterada de lo siguiente:
1.- Se tiene por informada del estado que guarda el proceso preparatorio para la enajenación definitiva del inmueble ubicado dentro del Parque denominado WTC2 Industrial, en el Municipio de Villa de Reyes, Estado de San Luis Potosí, autorizado mediante Decreto 0720 y
2.- Que el precio de la compraventa pactado en el Contrato de Promesa de Compraventa, es el que esta referido en el presente documento.
3.- La condición suspensiva establecida en el Contrato de Promesa de Compraventa consistente en la obtención de la autorización por parte de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), respecto de la potencial compraventa del inmueble descrito en el Decreto 0720, y de las condiciones que deban establecerse en el contrato definitivo de compraventa; así como, del acuerdo de recepción a trámite emitido por la misma autoridad.
La Junta de Coordinación Política propuso la reestructuración de la representación del Poder Legislativo (primera minoría) ante el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, por parte del Partido Acción Nacional como propietario el diputado Rubén Guajardo Barrera y como suplente la diputada Liliana Guadalupe Flores Almazán. La propuesta fue aprobada por mayoría y rindieron protesta en el Pleno.
Se aprobó un punto de acuerdo del diputado Héctor Mauricio Ramírez Konishi a la Secretaria de Educación de Gobierno del Estado para que instituciones educativas particulares incorporadas de todos los niveles, así como del Sistema Educativo Estatal Regular, vigilar y cumplir prohibición de cuotas, contraprestaciones, o pagos adicionales a padres, madres de familia, o tutores con hijos, hijas o tutelados con algún tipo de discapacidad, por promover éstas la exclusión y notoriamente contrarias al principio constitucional de no discriminación.
También se aprobó un exhorto respetuoso al comisario general de la Guardia Nacional y al titular del Instituto Nacional de Migración, para que en el ámbito de sus atribuciones realicen actividades tendientes a garantizar que: 1.-Se asignen más recursos materiales y humanos que tengan como objeto reforzar las tareas de vigilancia y prevención del tráfico migratorio concretamente en los tramos carreteros federales en el Estado de San Luis Potosí. 2.- Considerar la viabilidad de un puesto de vigilancia permanente en la carretera 57 con destino al Estado de Nuevo León. 3.- Que el Instituto Nacional de Migración en coordinación con la Secretaría de Gobernación realice tareas de verificación migratoria a las empresas que ofertan servicios turísticos y/o de transporte de personal pero que en la práctica desempeñan actividades de tráfico irregular migratorio.
Agotados los puntos agendados, se llevó a cabo la Sesión Solemne de Clausura del Octavo Periodo Extraordinario de Sesiones.
