Vie. May 10th, 2024

PROPONEN ACTUALIZAR LA DEFINICIÓN DE VIOLENCIA INSTITUCIONAL PARA AMPLIAR PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS

Abr 2, 2024

En un esfuerzo por armonizar las disposiciones estatales con las normativas federales en materia de derechos de las víctimas y reparación integral del daño, así como para elaborar diagnósticos locales, las comisiones de Justicia, Derechos Humanos e Igualdad de Género están analizando una iniciativa de reforma a diversos artículos de la Ley de Atención a Víctimas para el Estado, y de la Ley de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí.

El objetivo principal de esta iniciativa es actualizar la definición de violencia institucional con el propósito de ampliar la protección y la reparación del daño a las víctimas en nuestro estado, para alinearla con las leyes generales vigentes. Se busca incorporar el acceso universal a la justicia como parte de los derechos de las víctimas, mediante la asesoría jurídica especializada proporcionada por el Estado a través de convenios con organizaciones de defensa de derechos humanos o instituciones privadas certificadas en representación y asesoría en materia penal.

Además, se propone brindar un periodo de espera y estabilización física y psicoemocional para garantizar que las víctimas estén en condiciones adecuadas para rendir su declaración. Se establece también que las autoridades deben emitir una declaración integral que restaure la dignidad y reputación de la víctima, así como la disculpa pública de reconocimiento de hechos y aceptación de responsabilidad, especialmente cuando estén involucrados servidores públicos o agentes de autoridad.

En el caso de feminicidio, se establece que el órgano jurisdiccional debe condenar al responsable al pago de la reparación integral del daño a favor de la víctima u ofendidos. Asimismo, se indica que cuando los delitos sean cometidos por servidores o agentes estatales, las víctimas serán resarcidas por el Estado conforme a la legislación en materia de responsabilidad patrimonial estatal.

Finalmente, en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se define la violencia institucional como los actos u omisiones de los servidores públicos que discriminen, utilicen estereotipos de género o busquen dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres.

Esta iniciativa se encuentra en proceso de análisis en comisiones, y se espera que el dictamen respectivo sea presentado al pleno para su votación en el futuro cercano.

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