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POR UNANIMIDAD, EL PLENO DEL CONGRESO DEL ESTADO APROBÓ LA CONVOCATORIA, PARA LA CONSULTA DIRIGIDA A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

Oct 21, 2021

La LXIII Legislatura aprobó por unanimidad de 27 votos, la Convocatoria para la Consulta Pública dirigida a las personas con discapacidad, respecto de la iniciativa que propone expedir la Ley de Asistencia Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí.

Se indica que, mediante esta Convocatoria, el Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, a través de las comisiones de: Salud y Asistencia Social; Derechos Humanos, Igualdad y Género; y Puntos Constitucionales, y con fundamento en los artículos, 1º, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, y 4 numeral 3, de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; 83 fracción I, 84 fracción I, 98 fracciones, V, XV y XVI, 103, 113 y 114 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, convoca a las personas con discapacidad, y organizaciones de y para personas con discapacidad, así como, a personas que tengan interés en el tema a participar con opiniones y propuestas en el proceso de estudio y análisis de la Iniciativa que plantea expedir la Ley de Asistencia Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí; bajo las siguientes bases:

PRIMERA. Iniciativa legislativa objeto de la consulta. La iniciativa, presentada por el entonces Diputado Martín Juárez Córdova, y la Lic. Cecilia de los Ángeles González Gordoa, mediante la que proponen expedir la Ley de Asistencia Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, la cual puede ser descargada en:

http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021.nsf/nombre_de_la_vista/23815A90BBC74E3A862586B 100692D00/$File/5-.pdf

SEGUNDA. Propósito de la consulta. Generar un espacio de consulta y opinión para todas las personas con discapacidad, asociaciones de y para personas con discapacidad, así como, a personas que tengan interés en el tema a efecto de elaborar un proyecto de Ley de Asistencia Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, que aborde las necesidades y problemáticas de las mismas, atendiendo al principio de participación ciudadana conjunta en todo el Estado.

TERCERA. Participantes. Podrán participar todas las personas con discapacidad, asociaciones de y para personas con discapacidad, así como a personas que tengan interés en el tema en forma individual o colectiva, mediante opiniones y propuestas que estimen convenientes sobre la viabilidad y pertinencia de la iniciativa citada en la BASE PRIMERA de esta Convocatoria.

CUARTA. De la integración de redes y acceso a la información. Con el objeto de asegurar que las personas con discapacidad y asociaciones de y para personas con discapacidad, así como, a personas que tengan interés en el tema, tengan acceso al contenido de esta Convocatoria, el Poder Legislativo Local, previo a su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”, podrá celebrar convenios interinstitucionales de colaboración con:

Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí. a) Secretaría General de Gobierno. b) Sistema para la Protección Integral de Niñas, Niños, y Adolescentes. c) Instituto de las Mujeres para el Estado de San Luis Potosí. d) Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y comunidades Indígenas. e) Secretaría de Educación de Gobierno del Estado.

Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí.

III. Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de San Luis Potosí.

Con los ayuntamientos del Estado de San Luis Potosí, y sus respectivos sistemas municipales para el Desarrollo Integral de la Familia.

De igual forma, se firmará Convenio de colaboración interinstitucional con la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de San Luis Potosí, ésta última en su calidad de observadora en la vigilancia del proceso de consulta, además de coadyuvante en la capacitación a todas las instituciones que se encuentren en dicha Consulta en materia de los Derechos Humanos de las personas con discapacidad.

QUINTA. Periodo de recepción de opiniones y propuestas. El periodo de recepción de opiniones y propuestas será del 3 al 21 de noviembre del año 2021, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes, en las modalidades siguientes:

a) Dirigidas a la Presidencia de la Directiva del Congreso del Estado de San Luis Potosí, y podrán ser presentadas por escrito o mediante dispositivo de almacenamiento electrónico ante la oficina de la Directiva del Congreso del Estado de San Luis Potosí, ubicada en calle Profesor Pedro Vallejo número 200, Centro Histórico, de esta Ciudad Capital.

b) A través de correo electrónico: consultapersonascondiscapacidad2021@congresosanluis.gob.mx

c) Por medio del número telefónico: whastsapp y telegram 4444467570

d) Página oficial: congresosanluis.gob.mx

e) Facebook.com: @congresoedoslp

f) Instagram: congresoslp

g) Twitter: @CongresoEdoSLP

h) Youtube: Congreso SLP

i) Issuu: congresoslp

Las mismas podrán enviarse a través de dispositivos digitales, mediante mensajes de voz, mensaje de texto o video con duración de hasta tres minutos.

SEXTA. Recopilación de las opiniones y propuestas. Las opiniones y propuestas que se reciban ante la Presidencia de la Directiva, se enviarán a la Comisión de Salud y Asistencia Social, que será la responsable de las mismas, quien elaborará una matriz publicada en el portal web www.congresosanluis.gob.mx, debiendo observar las disposiciones de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de San Luis Potosí, y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí.

SÉPTIMA. Análisis de las opiniones y propuestas. Las comisiones de: Salud y Asistencia Social; Derechos Humanos, Igualdad y Género; y Puntos Constitucionales, realizarán el análisis de la información recopilada, con la participación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado, del Mecanismo Independiente de Monitoreo Estatal (MIME) de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y personas expertas en la materia, que por acuerdo determinen las comisiones precitadas.

OCTAVA. Lo no previsto en esta Convocatoria será resuelto por acuerdo de las comisiones de: Salud y Asistencia Social; Derechos Humanos, Igualdad y Género; y Puntos Constitucionales.

NOVENA. El Congreso del Estado del Estado de San Luis Potosí, bajo los mecanismos idóneos dará la mayor difusión a la presente Convocatoria.

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