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SE BUSCARÁ QUE SE SANCIONE PENALMENTE A LOS PADRES O TUTORES, QUE A SUS HIJOS A REALIZAR TODA PRÁCTICA DE MENDICIDAD,ABIERTA O DISIMULADA EN LA CALLE.

Oct 25, 2020

En San Luis Potosí se deben salvaguardar los derechos y la integridad de las niñas y los niños, es por ello que a través de la reforma al Artículo 202 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí se buscará sancionar a todo aquel padre o tutor que obligue a los infantes a realizar toda práctica de mendicidad en las calles.

Lo anterior lo dio a conocer la diputada Rosa Zúñiga Luna a través de la iniciativa que presentó ante el Pleno del Congreso del Estado en la que plantea adicionar fracción IV, así como un párrafo al artículo 202 de Código Penal del Estado de San Luis Potosí.

Señaló que actualmente en nuestro estado es muy notorio ver en las calles y semáforos a menores pidiendo dinero, limpiando parabrisas, haciendo malabares, entre otras acciones, con el fin de conseguir alguna moneda, a lo cual resulta evidente que son enviados a realizar este tipo de actividades por sus padres o tutores, o como resultado del descuido de sus progenitores.

Al realizar este tipo de actos, los menores pierden su derecho Constitucional a la educación, así como no cumplen con la obligación de contar con la educación básica. Si bien es cierto que actualmente existe mucha pobreza y desempleo en San Luis Potosí, este tipo de acciones que realizan las niñas y niños al laborar o pedir dinero en las calles y semáforos, no corresponden a ellos, no soluciona esta situación, ni mucho menos.

A pesar de esto hoy en día desgraciadamente no existe una sanción dentro del Código Penal para los padres o tutores por enviar a los menores a realizar estas prácticas, y tal parece que va en aumento, ya que resulta evidente cada día ver más y más niños en las calles y semáforos, intentando ganarse una moneda.

Por todo lo anterior, la diputada Rosa Zúñiga Luna presentó la iniciativa para que se sancione penalmente a los padres o tutores que envíen a sus hijos a realizar toda práctica de mendicidad abierta o disimulada con trabajos en la calle, debido a que se están violando los derechos fundamentales de los menores.

Remarcó que se propone que este delito se sancione con una pena de seis meses a tres años de prisión; sanción pecuniaria de sesenta a trescientos días del valor de la unidad de medida y actualización; suspensión o privación de los derechos de familia hasta por seis meses; y, como reparación del daño, el pago de al menos las cantidades no suministradas oportunamente.

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