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LOS AYUNTAMIENTOS PODRÁN BRINDAR APOYOS, A LOS ALBERGUES PARA ANIMALES.

May 12, 2020

En reunión de la Comisión Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal, se aprobó la iniciativa para reformar el artículo 70 en sus fracciones, XII y XIII y adicionar a los artículos, 70 la fracción XIV, y 85 párrafo segundo de la Ley Estatal de Protección a los Animales, para que los ayuntamientos puedan brindar apoyos a los albergues para animales.

El diputado Eugenio Govea Arcos, presidente de esta comisión legislativa, indicó que con esta reforma busca establecer que, de los ingresos obtenidos por los conceptos de multas establecidos en la ley, los ayuntamientos, con base en su suficiencia presupuestal podrán destinar recursos a instituciones públicas y privadas que establezcan albergues para refugio y adopción de animales, de conformidad con las disposiciones aplicables.

En la propuesta, se establece que dichos albergues o refugios para animales, se encuentran reconocidos por la propia legislación, y representan un valioso instrumento para el cumplimiento de la Ley en materia de maltrato animal; sin embargo, hay que reconocer también que estos centros enfrentan grandes desafíos, por su limitada capacidad económica para llevar a cabo su labor, ya que lamentablemente los casos de abandono y maltrato animal son una constante.

Además, se establece la obligación por parte de los ayuntamientos, de vigilar que los albergues para refugio y adopción cumplan con la ley, especialmente en contar con licencia vigente y en cumplir con lo dispuesto en materia de bienestar animal.

En otro punto, los integrantes de la Comisión Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal continuaron con el análisis a la iniciativa por la que se pretende adicionar al Título Segundo un capítulo, éste como III “Del Balance Presupuestario Sostenible del Estado y los Municipios”, y los artículos 37 Bis a 37 Quáter, por lo que actual III pasa a ser capítulo IV, de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado y Municipios de San Luis Potosí.

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