Mié. Abr 24th, 2024

EN BUSCA DE FORTALECER LA FISCALÍA ANTI CORRUPCIÓN: LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS DEBERÁN FACILITAR INFORMACIÓN.

Oct 20, 2020

El diputado José Antonio Zapata Meraz, presentó la iniciativa para reformar la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí, con la finalidad de establecer la atribución para que en lo estrictamente relacionado con las investigaciones, la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción deba contar con facilidades de acceso a información, a instalaciones y a personal, de parte de las instituciones públicas estatales o municipales, o de entidades que ejerzan recursos públicos en el estado.

Explicó que esta iniciativa que plantea, busca adicionar nueva fracción XV, con lo que la actual XV pasa a ser XVI, del artículo 45 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí, por lo tanto, de ser aprobada en su momento, establecería; Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí, titulo segundo organización de la Fiscalía General del Estado. Capítulo XIII Fiscalía Especializada en Delitos Relacionados con Hechos de Corrupción Artículo 45.

En las atribuciones de la Fiscalía en Delitos Relacionados con Hechos de Corrupción. “para el ejercicio de sus competencias constitucionales, la Fiscalía Especializada tendrá las siguientes atribuciones: I. a XIV; XV. Contar con facilidades de acceso a la información, a las instalaciones y al personal, esto último en su carácter de servidores públicos, o ejecutores y administradores de fondos públicos; de parte de las instituciones públicas, estatales o municipales, o de entidades que ejerzan recursos públicos en el estado.

Lo anterior durante, y en lo estrictamente relacionado a las actividades de investigación, y en el riguroso seguimiento de los principios rectores fijados por el artículo 6º de esta Ley, así como de todas las normas aplicables, y XVI. Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas aplicables”.

La Fiscalía General debe observar en todo momento como fin principal de su institución la procuración de justicia, sin la intervención en ello, de juicios personales, políticos o apreciaciones subjetivas. Esos y otros principios, deben constituir la base para ejercer la nueva atribución, por lo que se encontraría delimitada, y no violentaría en ninguna forma las garantías, ni los procedimientos, al acceder a información sobre uso de recursos públicos, y a las personas en su calidad de servidores públicos.

Se espera que, de esta forma, la Fiscalía especializada, pueda optimizar las investigaciones en delitos por corrupción, fortalecer su autonomía y mejorar las condiciones en el desarrollo de su deber, que es de vital importancia para abatir la corrupción. La iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis y posible aprobación.

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