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EL PLENO DEL CONGRESO DEL ESTADO, APROBÓ REFORMAS A LA LEY DE ATENCIÓN Y APOYO A MIGRANTES.

Nov 11, 2021

Para lograr una eficaz investigación y persecución de los delitos de los que son víctimas u ofendidos los migrantes en el Estado, la LXIII Legislatura aprobó por unanimidad de 24 votos a favor, en Sesión Ordinaria la reforma el artículo 31 en sus fracciones, V, y VI; y adiciona al mismo artículo 31 la fracción VII de la Ley de Atención y Apoyo a Migrantes del Estado de San Luis Potosí.

Mediante esta reforma, se armonizar el marco normativo legal para que la Fiscalía General del Estado como integrante del Consejo Estatal de Migración, en el ámbito de sus atribuciones, realice los mecanismos jurídicos necesarios para lograr una eficaz persecución de los delitos en contra de migrantes.

De esta manera, se establece que el Consejo Estatal de Migración, tendrá entre sus atribuciones el “Suscribir convenios de cooperación y coordinación con la Fiscalía General del Estado, en el ámbito de sus atribuciones, para lograr una eficaz investigación y persecución de los delitos de los que son víctimas u ofendidos los migrantes en el Estado”.

Se indica en el dictamen, que las y los migrantes procedentes de Guatemala, Honduras y El Salvador, continúa siendo el grupo originario más afectado en términos de incidencia delictiva, pues de ellos se contabilizó alrededor de 80% como víctimas de los delitos reportados. El delito más recurrente que sufren las personas migrantes es el robo, al cual le siguen el tráfico ilícito de personas y el secuestro. Esto da una muestra clara de la necesidad de protección que enfrentan las personas migrantes que transitan por nuestro país.

Por unanimidad de 24 votos a favor, se aprobó el Punto de Acuerdo propuesto por integrantes de la Comisión de Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social por el que la LXIII Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí, exhorta de manera respetuosa a las y los 58 presidentes municipales del Estado de San Luis Potosí, para que informen a esta soberanía:

El estado en que encontraron a la dependencia de seguridad pública en cada uno de sus municipios.

Si los elementos de seguridad pública municipal, cumplen con la certificación de ley, y en su caso, que acciones se han emprendido en el caso de que alguno o algunos de ellos no cuenten con la certificación, puedan obtenerla.

Si en su municipio se cuenta con la licencia oficial colectiva, para la portación de armas de fuego.

Se indica que de conformidad con lo expresado en la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, los elementos de seguridad pública municipales, deben contar con el certificado único policial, siendo responsabilidad de las instituciones de seguridad pública municipal, y en especial, de las y los presidentes municipales, vigilar que esta obligación se cumpla.

De igual forma asegurarse que, los elementos operativos en sus municipios, en caso de portar arma de fuego, lo hagan bajo las condiciones que establece la ley. Es por ello que, ante el reciente inicio de los gobiernos en los 58 municipios de nuestro estado, resulta pertinente que, este Congreso del Estado, por conducto de la Comisión de Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social, solicite a los 58 municipios, informe respecto del estado que guardan las instituciones de seguridad al recibir la administración, así como las acciones y planes que se han implementado para asegurarse que los elementos de seguridad pública en cada uno de los municipios, cumplen con la certificación.

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