Jue. Oct 16th, 2025

COMISIÓN DE JUSTICIA ANALIZA PROPUESTA DE REFORMA AL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO PARA TIPIFICAR Y SANCIONAR EL DELITO DE SABOTAJE

Las y los diputados integrantes de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado aprobaron solicitar opinión al Supremo Tribunal de Justicia y diversos Ayuntamientos de la entidad sobre la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado para tipificar y sancionar el delito de sabotaje.

El artículo 273 propuesto establece que se comete el delito de sabotaje cuando una persona, con la intención de trastornar la vida económica, política, social, turística o cultural del Estado, lleva a cabo actos que destruyen, perjudican o entorpecen:

I. Funciones de las dependencias y entidades que conforman la administración pública del Estado, los Órganos Constitucionales Autónomos o de los municipios; II. Centros de producción o distribución de bienes de consumo necesarios o instalaciones de servicios públicos; III. Elementos fundamentales en instituciones de investigación, docencia, culturales o turísticas; y IV. Recursos esenciales destinados por el Estado y municipios para el mantenimiento del orden público.

La exposición de motivos destaca que cuando un individuo lesiona o pone en peligro algún bien jurídico fundamental, trastoca el orden social y comete un delito. En tal caso, una parte importante del sistema de justicia penal se activa y se le aplican al sujeto involucrado una o varias penas.

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