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BUSCAN FORTALECER EL PROCESO DE ADOPCIÓN, PARA DAR MAYOR PROTECCIÓN A LOS Y LAS MENORES DE EDAD.

May 19, 2021

La Comisión de Derechos Humanos, Igualdad y Género del Congreso del Estado, analizará la iniciativa de reforma al artículo 28 de La Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, en relación al procedimiento de adopción para beneficio de los menores.

En la exposición de motivos se precisa que en  el trámite de adopción de un niño, niña o adolescente, consagra una etapa previa que se denomina de pre adopción, contemplada en el artículo 28, cuya modificación se plantea.

La razón esencial de esta iniciativa es darle facultades a la autoridad, para que se otorgue un documento con vigencia en esa parte del procedimiento de adopción, a fin de que se determine esa calidad al solicitante de adopción durante el periodo de tiempo previo a la declaración de adopción, toda vez que en la actualidad existe un vacío al en el tema.

Además, se indica que  la actual redacción de este artículo establece que la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescente (PPNNA), deberá dar seguimiento a la convivencia, con el fin de prevenir o superar las dificultades que se puedan presentar; sin embargo, es omiso este numeral en precisar la periodicidad con que deba realizarse ese seguimiento, al igual que tampoco nada dice de la intervención de personal de trabajo social y psicología, ni mucho menos que ello sea respecto de la adaptación del menor a su nueva familia.

Por ello, la iniciativa plantea:  “La PPNNA, una vez que se haya autorizado la asignación de niñas, niños o adolescentes bajo la figura de acogida pre adoptiva, otorgará al solicitante de adopción una constancia, con vigencia del periodo de pre adopción; tiempo en el que realizará mensualmente visitas con personal de trabajo social y psicología, para constatar la adaptación del menor a su nueva familia, así como las condiciones del entorno y de bienestar en que se le tenga, constancias que se agregarán al expediente respectivo”.

Se indica que de esta manera se estará atendiendo dos extremos, uno que tiene que ver con la certeza legal que ha de otorgarse al adoptante, durante el trámite, previo a la adopción y otro que tiene que ver con el bienestar del menor objeto de la adopción, tanto en lo que ve a su adaptación a la nueva familia como al entorno en el que se le tiene, que debe ser de su bienestar.

La iniciativa será analizada por las diputadas y los integrantes de la Comisión de Derechos Humanos, Igualdad y Género.

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