El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó un decreto que añade el artículo 115 BIS a la Constitución Política del Estado, estableciendo así la figura de las Juntas de Participación Ciudadana y su integración completa en las actividades de los Ayuntamientos. Esta medida incluye la obligación de garantizar y promover la participación ciudadana, así como otros mecanismos aplicables con el mismo fin.
El dictamen correspondiente define la participación ciudadana como el proceso mediante el cual los ciudadanos, que no ocupan cargos públicos, buscan compartir decisiones sobre asuntos que les afectan y tener influencia en ellas. Este concepto abarca cualquier acción colectiva, reivindicación o respuesta a convocatorias gubernamentales para influir en decisiones de política pública, reflejando una voluntad de incidir.
Se destaca que la participación ciudadana tiene un potencial significativo para mejorar el impacto de las políticas públicas, especialmente en contextos de gran complejidad donde satisfacer las demandas de diversos grupos sociales puede resultar desafiante.
Considerando que los ayuntamientos son la instancia más cercana a la ciudadanía y sus problemáticas públicas, se argumenta que promover este tipo de participación es fundamental. Por esta razón, la Constitución Política Estatal instituye la figura de las Juntas de Participación Ciudadana, integrándolas de manera integral en las labores de los ayuntamientos.
Esta iniciativa refleja un compromiso con el fortalecimiento de la democracia participativa y el involucramiento de la ciudadanía en la toma de decisiones locales, subrayando la importancia de una gestión municipal inclusiva y transparente.

