Dom. Abr 28th, 2024

EL PLENO DEL CONGRESO DEL ESTADO APROBÓ REFORMAS A LA LEY DE TURISMO DEL ESTADO.

May 19, 2022

Con el fin de fomentar el turismo de migrantes, en Sesión Ordinaria, la LXIII Legislatura aprobó por unanimidad de 25 votos a favor, el Decreto por el que se adiciona el artículo 63 Bis de la Ley de Turismo del Estado de San Luis Potosí.

Se establece como una de las facultades de la Secretaría de Turismo, el promover el turismo de migrantes, el cual comprende la visita al estado de personas originarias de San Luis Potosí residentes en otras entidades, o en el extranjero, con diversos motivos; para lo cual podrá coordinarse con las autoridades en materia migratoria.

En el dictamen respectivo, se indica que ahora que las actividades económicas comienzan a retomar su ritmo tras el impacto negativo de la pandemia, es vital para el país y el estado recuperar sus ingresos en esos rubros, y con ese fin, la diversificación de las diferentes modalidades de turismo, es una estrategia que puede resultar útil para la recuperación, al captar nuevos grupos de visitantes.

Si bien el aumento de visitas de los emigrantes potosinos al estado puede traer beneficios económicos, más allá de eso también se debe mencionar que la importancia de afirmar los lazos comunitarios, lo que resulta muy importante, por ejemplo entre los pueblos originarios, como una cuestión de identidad cultural.

Por unanimidad de 25 votos a favor, se aprobó el Punto de Acuerdo, propuesto por los diputados José Luis Fernández Martínez y Rubén Guajardo Barrera, integrantes de la Junta de Coordinación Política,  por el que el  Honorable Congreso del Estado de San Luis Potosí, exhorta de manera respetuosa al titular del Poder Ejecutivo del Gobierno de México para que a través de su Secretaría de Gobernación haga del conocimiento público los avances en la implementación del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas en todo el territorio nacional.

También se exhorta de manera respetuosa al titular de la Secretaría de Gobernación del Gobierno de México a tomar las medidas necesarias para la correcta implementación del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, a fin de garantizar la libertad de expresión y la realización de la actividad periodística sin riesgos a la integridad de los que ejercen esta actividad.

Se aprobó por unanimidad,  la reforma el artículo 165 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí. Y reforma el artículo 3º en su fracción XII del Reglamento Interior del Instituto de Investigaciones Legislativas del Congreso del Estado, para establecer la obligación de capacitación semestral a las legisladoras y legisladores electos, así como para el Instituto de Investigaciones Legislativas, para que lleve a cabo u organice la capacitación correspondiente.

Por unanimidad, se aprobó la  reforma el artículo 49 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, la cual deviene de la actualización y armonización de la legislación que rige la vida interna del Poder Legislativo con las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; para establecer que la atribución para elegir a los magistrados del Tribunal Electoral del Estado, corresponde a la Cámara de Senadores y se precisa la denominación del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa.

Se aprobó por unanimidad,  la reforma el artículo 52; y adiciona el artículo 52 BIS de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, a fin de precisar disposiciones en lo relativo a las faltas de las diputadas y los diputados a sesiones de Pleno; así como a las reuniones de comisiones o comités.

En relación a las causas por las que se justifican inasistencias al Pleno, se establecen: enfermedad, afecciones, u otros motivos de salud; gestación, maternidad, y paternidad, y el cumplimiento de encomiendas autorizadas por los órganos de decisión, dirección, o trabajo parlamentario del Congreso. El escrito de inasistencia se presentará ante la Directiva previo a la Sesión de que se trate, al que se adjuntará, constancia médica, o el oficio de encomienda, en su caso.

Se indica que tratándose de inasistencia de las legisladoras o los legisladores, a las reuniones de comisión o comité, se presentará escrito ante quien los presida, adjuntando constancia médica, o el oficio de encomienda, en su caso.

Se aprobó por unanimidad, la reforma del artículo 17 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, para eliminar lo relativo al nombramiento de los magistrados del Tribunal Electoral, ya que no es atribución del Congreso del Estado, y se establecen medidas para establecer lenguaje incluyente.

Se aprobó por unanimidad, el Acuerdo Económico por el cual se crea la Comisión Especial de Pensiones del Grupo Cotizador del Subsistema de Telesecundarias de la LXIII Legislatura del Poder Legislativo del Estado.

Se indica que la Comisión Especial de Pensiones del Grupo Cotizador del Subsistema de Telesecundarias, tendrá como finalidad la creación de los mecanismos administrativos, jurídicos y financieros para el rescate inmediato del Fondo de Pensiones del Sector de Telesecundarias, así como el fortalecimiento de este fondo sectorizado cotizante a la Dirección de Pensiones del Estado.

La Comisión Especial de Pensiones del Grupo Cotizador del Subsistema de Telesecundarias, se integrará a propuesta de la Junta de Coordinación Política, en términos del dispositivo 121 fracción VIII del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí:  en atención con lo señalado en el numeral 135 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de San Luis Potosí, invitará a equipos multidisciplinarios, maestros en activo y jubilados del Sector de Telesecundarias, para aportar las opiniones y los criterios necesarios para la mejora de los trabajos para los cuales se creó la Comisión.

En observancia a lo previsto en el 138 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de San Luis Potosí, el presupuesto necesario para las acciones a realizar por parte de la Comisión Especial de Pensiones del Estado, se especificará en el Plan General de Trabajo, mismo que será presentado ante la Junta de Coordinación Política, a fin de que sea asignado en el presupuesto anual del Congreso del Estado, en atención con lo establecido en el arábigo 121 fracción III, del Reglamento invocado.

También se aprobó por unanimidad, el Acuerdo Económico por el que se crea la Comisión Especial de Atención a Periodistas de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso del Estado de San Luis Potosí.

Se aprobó por unanimidad de 25 votos a favor,  la Convocatoria a participar mediante presentación de solicitudes y propuestas en el procedimiento de elección de la persona que ocupará el cargo de Comisionada Numeraria o Comisionado Numerario de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, periodo uno de julio de 2022 al 30 de junio de 2026.

Se indicó que la convocatoria estará abierta a toda la ciudadanía para recibir solicitudes y propuestas, a partir del 23 de mayo de 2022 y hasta el 27 de mayo, y en la cual se establecerán las bases y requisitos para postularse.

Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria, el próximo  jueves 26 de mayo del 2022, a las 10:00 horas en el salón “Ponciano Arriaga Leija”, de Jardín Hidalgo 19.

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