Lun. Abr 29th, 2024

CEEPAC APRUEBA PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA POLÍTICA, CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO.

Abr 18, 2022

Reafirma compromiso institucional en la lucha contra la violencia política contra las mujeres.

Busca generar entornos libres y seguros para las mujeres que habitan la política.

En sesión extraordinaria el Pleno del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) se aprobó  el  proyecto de Protocolo del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana para la atención a víctimas y la elaboración del análisis de riesgo y plan de seguridad en los casos de violencia política  contra  las  mujeres  en  razón  de  género; que proponen las  comisiones  de Igualdad de Género y Violencia Política y de Quejas y Denuncias del CEEPAC.

La Consejera Zelandia Bórquez Estrada, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y Violencia Política presentó el proyecto de protocolo y señaló que con el objetivo de contar con una regulación clara, precisa, detallada y ordenada que brinde seguridad jurídica y respeto a las garantías de todas las partes que intervengan en los procedimientos de Violencia Política en Razón de Género (VPRG) se consideraron los siguientes elementos, para la emisión del Protocolo:

Actuar  con  perspectiva  de género; Análisis de riesgo; Estereotipo de género; Interseccionalidad; Perspectiva de género; Plan de seguridad; Presuntas víctimas directas, indirectas y potenciales; Tutela preventiva y violencia política contra las mujeres en razón de género, por mencionar algunos.

Entre las necesidades que motivan el Protocolo están prever las solicitudes de medidas de protección a las autoridades competentes con la finalidad de atender de manera inmediata situaciones de riesgo adicionales e inminentes planteadas por la presunta víctima, siempre que se cumplan con los presupuestos de gravedad,  urgencia  y  posible  irreparabilidad,  entre  estas  medidas  se  encuentran  las siguientes:

  1. Prohibición de acercarse o comunicarse con la presunta víctima;
  2. Limitación para asistir o acercarse al domicilio de la presunta víctima o al lugar donde se encuentre;
  3. Prohibición de realizar conductas de intimidación o molestia a la presunta víctima o a personas relacionadas con ella;
  4. Vigilancia en el domicilio de la presunta víctima;
  5. Protección policial de la presunta víctima;
  6. Aquéllas cuántas sean necesarias para salvaguardar la integridad, la seguridad y la vida de las personas en situación de violencia.

Cabe señalar que el CEEPAC, en un primer momento y atendiendo al caso de urgencia que se presente, a través de la Secretaría Ejecutiva y por conducto del Área de Quejas y Denuncias, podrá determinar la procedencia de las medidas de protección en casos de VPRG, y en  caso  de  considerarlo  necesario,  la Coordinación  de  Género  e  Inclusión  del  CEEPAC procederá  a  la  elaboración  del  análisis  de riesgo, al tiempo que la  Secretaría  Ejecutiva solicite  a  la  autoridad  en  materia  de  seguridad  pública  que corresponda, elaborar el plan de seguridad a seguir.

El protocolo se integra principalmente con los procedimientos siguientes:

  1. Atención de primer contacto a mujeres víctimas de VPG: A partir de que se presenta una queja o   denuncia,   hasta   la   orientación   o   canalización   a   otras   instituciones especializadas.
  2. Análisis de Riesgo: Incluye el procedimiento de análisis, la aplicación de una entrevista de valoración del riesgo a la víctima (de ser necesario) y las características del informe que se rinde.
  3. Medidas de Protección: Se señalan los tipos de medidas, los requisitos que se deben reunir para otorgarlas y su seguimiento.
  4. Plan de seguridad: Se explica en qué consiste y en qué casos se puede elaborar, así como las directrices para su construcción.

Entre los aspectos necesarios para lograr una amplia efectividad del  protocolo, se pondrá especial atención en la sensibilización y capacitación al personal encargado de atender asuntos de Violencia Política en Razón de Género, y en las acciones de autocuidado.

Este protocolo reafirma los esfuerzos y trabajos que realiza el Organismo Electoral para contribuir a erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género, así como establecer mecanismos para su atención y contribuir a la existencia de entornos libres de este mal que afecta el desarrollo pleno de los Derechos Humanos y los Derechos Políticos Electorales de las mujeres en San Luis Potosí.

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