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PRESENTA CEEPAC GUIA CIUDADANA PARA IDENTIFICACIÓN, PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO.

Nov 19, 2021

Durante el proceso electoral, se acreditó sólo un caso de violencia política de género contra las mujeres.

El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) en colaboración con el Tribunal Electoral del Estado (TEE) y la Universidad Autónoma de SLP (UASLP) a través de la Defensoría Universitaria, presentó la Guía Ciudadana para la identificación, prevención y atención de la violencia política contra las mujeres en razón de género, en la que se exponen de manera sencilla diversos conceptos para identificar cualquier conducta que atente contra la integridad física, psicológica, patrimonial, económica, simbólica, entre otras, en el ejercicio de sus derechos político electorales.

En el marco del mes de la acción-reflexión contra la violencia política contra las mujeres, Silvia del Carmen Martínez Méndez, secretaria ejecutiva del CEEPAC, San Juana Jaramillo Jante del Tribunal Electoral de San Luis Potosí, Marcela Gallegos Martínez, coordinadora del Secretariado del CEEPAC y Urenda Queletzú Navarro Sánchez, de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, presentaron la guía en la que también se podrá encontrar las rutas de las autoridades administrativas y jurisdiccionales para investigar y sancionar conductas que constituyen actos de violencia política contra las mujeres en razón de género, de acuerdo a las competencias en el marco jurídico aplicable.

Al dar la bienvenida, la consejera presidenta, Paloma Blanco López señaló la importancia de la Guía para que la ciudadanía cuente con instrumentos que sean de fácil lectura, amigable, entendible y ágil para que identifiquen y atiendan la diferencia entre violencia política y violencia institucional que a veces suele haber confusiones en el ámbito ciudadano, también identificar cuáles son las autoridades competentes para atender este tipo de violencias e identificar las rutas que se deben seguir, el acceso a la justicia empieza desde este tipo de instrumentos para identificar los principios básicos.

En su intervención, Silvia del Carmen Martínez Méndez, secretaria ejecutiva informó que a partir de la reforma en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género publicada el 13 de abril de 2020, el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, acreditó 1 sólo caso de violencia política en razón de género, se tienen registrados 34 procedimientos sancionadores especiales, de los cuales 31 denuncias fueron presentadas durante el desarrollo del proceso electoral 2020 – 2021, es decir de septiembre de 2020 a septiembre de 2021.

Explicó que dentro de las conductas denunciadas más comunes se encuentran la difusión de publicaciones en redes sociales y medios de comunicación en las cuales se calumnia, degrada o descalifiquen basándose en estereotipos de género con el objetivo de menoscabar su imagen pública o limitar sus derechos político electorales, expresiones realizadas en actos de campaña o entrevistas, hostigamiento, obstrucción al ejercicio del cargo y agresiones.

Destacó que, durante la sustanciación de los procedimientos sancionadores, la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias, aprobó la implementación de medidas cautelares en 6 procedimientos sancionadores, de las cuales 2 fueron posteriores a la reforma y antes del inicio formal del proceso electoral 2020 – 2021, y 4 fueron durante el desarrollo del proceso electoral en mención.

Mencionó también que se dictaron 20 medidas de protección para las víctimas, conforme a lo establecido en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí y el Reglamento en la materia.

Martínez Méndez expresó que, de los procedimientos presentados ante el CEEPAC, a partir de la reforma en cita, a esta fecha 6 han sido resueltos por la autoridad jurisdiccional correspondiente, y 1 se encuentra pendiente de resolución por parte del Tribunal Electoral del Estado.

Expresó que, a la fecha, el CEEPAC cuenta con 4 procedimientos sancionadores especiales en trámite por conductas que pudieran constituir violencia política contra las mujeres en razón de género.

Destacó que de la totalidad de los procedimientos instaurados ante el organismo electoral por conductas que pudieran constituir violencia política contra las mujeres en razón de género 21 procedimientos han sido desechados, lo anterior por actualizarse alguna de las causales establecidas en los artículos 474 Bis, numeral 6, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 22 del Reglamento de Quejas y Denuncias en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana.

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